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Preguntas y contestaciones sobre cómo conseguir ayuda legítima para casos de inmigración - y a quién recurrir.
Vaya a – este es el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de U.S.A. (USCIS por su inicial en inglés). En la parte izquierda de la pantalla encontrará un cuadro que dice "Dónde iniciar". Haga click en el menú desplegable para poder ver cuáles son los formularios que necesita.
Si aún no estuviese seguro de saber cuáles son los formularios que precisa, quizás deba recurrir a la ayuda de un letrado especializado en temas de inmigración o de alguna otra persona autorizada para ayudarlo.
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Puede hacerlo por sí mismo. Todos los formularios que necesita son gratuitos. Puede imprimirlos de forma directa desde , puede encargarlos por teléfono llamando al 1-800-870-3676, o bien retirarlos en su oficina local del USCIS. No pague nunca para lograr copias de formularios en blanco expedidos por el gobierno. Los formularios siempre son gratis, aunque probablemente deberá abonar cuando los presente frente al USCIS.
Cualquier persona puede ayudarlo a ingresar información en sus formularios de inmigración. Pero lo importante es que esa persona – un amigo, su pastor, un profesor o un familiar – solamente debe escribir o traducir lo que usted le diga. Su ayudante no puede aconsejarlo sobre lo que tiene que decir. Esto puede ocasionarle inconvenientes más adelante. Si precisa asesoramiento, asegúrese de recibirlo
de una parte de una persona que esté autorizada por el gobierno de Estados Unidos para ayudarlo.
Un traductor puede cobrarle un pequeño cargo por traducir su información. Recuerde que jamás debe abonar para percibir los formularios.
Puede ayudarlo un letrado o un representante acreditado que figure en la lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración del Departamento de Justicia.
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Cuando presente sus papeles, el USCIS le va a dar un recibo. ¡Guárdelo! Ese recibo es el comprobante donde consta que el USCIS recibió su petición o bien solicitud. Precisará el recibo para preguntar el estatus de tramitación de su petición.
Puede descubrir cuál es el estatus de su solicitud en , o puede comunicarse con el Centro Nacional de Servicio al Cliente del USCIS llamando al 1-800-trescientos setenta y cinco-cinco mil doscientos ochenta y tres.
Usted puede hablar en su nombre. Es posible que no necesite que lo represente otra persona. No es obligatorio. Si desea que alguien lo represente, precisará recurrir a una persona que esté autorizada por el USCIS para representarlo. Las únicas personas que están autorizadas para representarlo frente al USCIS son los abogados que son integrantes de la asociación o instituto estatal de abogados, los representantes acreditados que figuran en la lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración, y algunas otras realmente pocas personas. Los únicos que pueden cobrarle para asistirlo son los abogados y los representantes acreditados.
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En este caso lo puede asistir un abogado o un representante acreditado. Vea el final de esta página para averiguar . Su abogado ha de ser miembro de la asociación o bien instituto estatal de abogados.
Para localizar un representante acreditado, vea la lista libre en el siguiente enlace electrónico y escoja una persona que no tenga las palabras "DHS Only" anotadas al lado de su nombre: (en inglés).
El término "DHS Only" quiere decir que esa persona puede ayudarlo a completar una petición del USCIS, pero que no puede ayudarlo si su caso es remitido a un juez de inmigración o bien a la consideración de la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Verifique su estatus con el USCIS.
Puede descubrir cuál es su estatus en . Ingrese el número de recibo en el cuadro de "Estatus de mi caso" que se halla en la parte izquierda de el sitio web.
Si no tiene el número de recibo, haga una cita con su oficina local del USCIS. Puede hacer la cita de 2 maneras:
Las estafas relacionadas con asuntos de inmigración son ilegales. Si o bien algún conocido ha sido testigo o bien víctima de una de estas estafas, es importante que lo reporte frente a la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission, FTC) o ante el fiscal general de su estado. Vaya a (o llame al 1-ochocientos setenta y siete-382-cuatro mil trescientos cincuenta y siete); o bien para descubrir los datos de contacto del fiscal general de su estado, haga click sobre el estado pertinente en el mapa que aparece en (en inglés). La FTC no se ocupa de resolver protestas individuales sino que ingresa los datos de las quejas en una base de datos electrónica segura que es empleada por las autoridades eficientes del planeta entero, entre las que se incluyen múltiples funcionarios federales, estatales y locales que identifican tendencias fraudulentas y establecen los casos.
Los abogados pueden asesorarlo y representarlo. Los abogados, asimismo llamados asesores jurídicos o bien consejeros legales, han de ser miembros del instituto o bien asociación profesional de sus respectivos estados. El instituto o asociación estatal de abogados puede sancionar, suspender o aun expulsar a un abogado por incumplir las reglas. Asegúrese de que el abogado que usted elija esté debidamente acreditado por la asociación de abogados pertinente y compruebe que tenga una buena calificación. Esto significa que no está en inconvenientes por infringir las reglas establecidas para los abogados. Puede buscar un abogado mediante sitios del gobierno y de sitios no gubernamentales.
Para encontrar un letrado experto en inmigración que no le cobre o bien que le cobre honorarios bajos:
Para localizar un abogado de su localidad que trabaje en asuntos de inmigración:
Para averiguar si una persona es un abogado y para descubrir si un abogado está en problemas por incumplir las reglas:
Los representantes acreditados no son abogados, mas son personas autorizadas por el gobierno para brindar asesoramiento legal en asuntos de inmigración. También están autorizados para representarlo. Estos representantes deben trabajar para una organización que esté reconocida oficialmente por el gobierno de Estados Unidos. Tanto los representantes acreditados como estas organizaciones reconocidas están incluidos en una lista mantenida por la Junta de Apelaciones de Inmigración.
Para hallar un representante acreditado:
Hay algunas otras personas que están autorizadas por el gobierno para asistirlo, mas que no pueden cobrarle. Los estudiantes de derecho pueden brindarle asesoramiento legal, con la condición de que lo hagan bajo la supervisión de un letrado o bien de un representante acreditado. Alguien que viva en su comunidad y que sea reconocido por el USCIS como un "individuo reputado" puede representarlo, pero no puede cobrarle – y estas personas tienen que firmar un documento legal manifestando que no admitirán que les pague.
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